El próximo 1 de julio entrará a regir el (IVA) Impuesto sobre el valor agregado, por este motivo la gran mayoría de servicios y productos que consumimos tendrán un costo mayor.

 Es importante conocer cómo nos afecta a cada uno para así poder evitar que nuestro presupuesto se vea afectado. No está de más ahorrar y eliminar de nuestra lista todo aquello que no sea necesario o no tenga una utilidad real.

Podríamos decir que se divide en categorías para poder analizarlas más fácilmente.

Servicios  públicos:

El agua: está exenta siempre y cuando no se exceda  de 30 metros cúbicos o cuando excede los 20,000 colones.

La electricidad: cuando excede los 280 kilovatios por hora, o cuando el recibo llega por más de 25,000 colones. 

Alquileres: 

Pagarán impuesto del 13% solamente los inmuebles  de habitación o MiPYMES cuyo alquiler sea mayor  al 1,5 de un salario base ( 669, 300 colones para el 2019)

Si son alquileres comerciales pagan el 13%   

Productos de la canasta básica:

Los alimentos  que no están exentos, el impuesto es del 13% para los que están dentro de la nueva canasta básica será del 1%  pero entra a regir hasta el 2020.

Servicios médicos:

Estos pagan un 4% pero en caso de los servicios estéticos pagan un 13%.

Si paga con tarjeta de crédito o débito este impuesto le será reembolsado inmediatamente por parte del centro de salud o profesional, siempre y cuando la administración tributaria tenga acceso a esa información.

Medicamentos reducida al 2%

Educación:

Educación pública  todos los niveles exenta, Educación privada regulada por el MEP exenta y educación privada no regulada por el MEP   2% 

Guarderías 13%

Busetas privadas,  pagarán el 13% cualquier tipo, escolares, de trabajadores, excursiones, etc.

Salones de belleza, spa, estéticas:

Los servicios estéticos pagarán el 13%

Boletos aéreos:

Nacionales pagarán un 4% Internacionales 10% 

Hospedajes y restaurantes:

Todos los eventos realizados en hoteles, salones, casa de eventos, etc.  pagarán un 13% 

Trabajadores independientes: 

Si sos contribuyente, o sea si trabajas y estás inscrito en Hacienda, debes de revisar cuáles actividades tienes registradas para evitar contratiempos.

Todos los servicios que se brindan ya sean profesionales o técnicos pagarán un 13% aunque algunos tendrán tarifa reducida, como  médicos 4%

Exenciones:

Exportaciones, intereses y comisiones de préstamos, factoreo y leasing, movimientos de entidades financieras supervisados por  SUGEF, comisiones a operadoras de pensiones, equipo ortopédico (sillas de ruedas, audífonos, rehabilitación)

Espacios publicitarios en radio y televisión.

Libros independientemente de su formato, no aplica para digitales.

Cuotas de los colegios profesionales, sindicatos o cámaras.

Redes de cuido de adultos mayores.

¿Cómo declarar el IVA?

Se declara cada mes dentro de los primeros 15 días naturales.

Debe utilizar el formulario D-104  que se encuentra en el portal «Administración tributaria virtual» ATV disponible en www.hacienda.go.cr

Se presenta aunque no hayás realizado ventas o prestación de servicios.

Se paga por medio del sitio web de la entidad bancaria, cajas o ventanillas de entidades autorizadas. 

Esperamos que esta información te  sea útil y que la compartás con tus familiares y amigos.

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